EN LA ACTUALIDAD CON LA EMERGENCIA DEL CORONAVIRUS, CUANDO TENDRÉ QUE REALIZAR LOS PAGOS PROVISIONALES DE ABRIL DEL 2020 QUE CORRESPONDEN A LAS OPERACIONES DE MARZO DEL 2020, Y EN QUE CASO DE QUE NO REALICE DICHOS PAGOS PROVISIONALES QUE CONSECUENCIAS PODRÍA TENER DESDE EL PUNTO DE VISTA FISCAL" Deacuerdo al articulo 73 CFF, No se impondrán multas cuando se cumplan en forma espontánea las obligaciones fiscales fuera de los plazos señalados por las disposiciones fiscales o cu ando se haya incurrido en infracción a causa de fuerza mayor o de caso fortuito. y Como principio general de derecho, nadie se encuentra obligado a lo imposible. Por su parte, conforme al Código Civil Federal, supletorio al Código de Comercio y a otras leyes mercantiles, nadie está obligado al caso fortuito sino cuando ha dado causa o contribuido a él, cuando ha aceptado expresamente esa responsabilidad o cuando la ley se la impone. ...
El derecho tributario o fiscal es parte del derecho financiero, que tiene por objeto de estudio el ordenamiento jurídico que regula el establecimiento y aplicación de los tributos. Estudia las normas jurídicas a través de las cuales el Estado ejerce su poder tributario con el propósito de obtener de los particulares ingresos que sirvan para sufragar el gasto público en aras de la consecución del bien común.